INCUMPLIMIENTOS 2021 A LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL PLENO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE DENUNCIA

 INCUMPLIMIENTOS POR PARTE DE LOS SUJETOS OBLIGADOS A LAS RESOLUCIONES DEFINITIVAS DICTADAS POR EL PLENO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE DENUNCIA
NÚMERO DE EXPEDIENTE SUJETO OBLIGADO FECHA DEL ACUERDO EN EL QUE SE DETERMINÓ EL INCUMPLIMIENTO MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO MEDIDA DE APREMIO APLICADA SERVIDOR PÚBLICO AL QUE SE LE APLICA LA MEDIDA DE APREMIO
31/2018 Ayuntamiento de Tecoh, Yucatán 28 de enero de 2021 Incumplimiento total, por parte de la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento, a la definitiva dictada en el procedimiento de denuncia 31/2018, en virtud que fenecieron los términos de quince días hábiles y de un día hábil concedidos en la propia definitiva para su cumplimiento e informar del mismo, respectivamente, así como el diverso de cinco días hábiles otorgado en el acuerdo de requerimiento de fecha siete de diciembre de dos mil veinte, a través del cual se requirió el cumplimiento de la citada definitiva, sin que hubiere informado o remitido documental alguna con la que acreditare haber acatado lo instruido por esta Máxima Autoridad mediante la misma; resultando, que el incumplimiento deriva de la omisión de la mencionada Unidad de Transparencia de realizar lo instruido a través de la definitiva señalada. Amonestación Pública C. Yolanda Mireya Zozaya Uicab, Responsable de la Unidad de Transparencia, servidora pública que resultó primeramente responsable del incumplimiento a la resolución dictada en el procedimiento que nos ocupa
75/2018 Ayuntamiento de Oxkutzcab, Yucatán 28 de enero de 2021 Incumplimiento total, por parte de la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento, a la definitiva dictada en el procedimiento de denuncia 75/2018, en virtud que fenecieron los términos de quince días hábiles y de un día hábil concedidos en la propia definitiva para su cumplimiento e informar del mismo, respectivamente, así como el diverso de cinco días hábiles otorgado en el acuerdo de requerimiento de fecha veinticuatro de marzo de dos mil veinte, a través del cual se requirió el cumplimiento de la citada definitiva, sin que hubiere informado o remitido documental alguna con la que acreditare haber acatado lo instruido por esta Máxima Autoridad mediante la misma; resultando, que el incumplimiento deriva de la omisión de realizar lo instruido a través de la definitiva señalada. Amonestación Pública Licenciada, Jacquelin Esthefanía Aké Cen, Responsable de la Unidad de Transparencia, servidora pública que resultó primeramente responsable del incumplimiento a la resolución dictada en el procedimiento que nos ocupa
100/2018 Ayuntamiento de Ticul, Yucatán 22 de abril de 2021 Incumplimiento total, por parte de la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento, a la definitiva dictada en el procedimiento de denuncia 100/2018, en virtud que fenecieron los términos de quince días hábiles y de un día hábil concedidos en la propia definitiva para su cumplimiento e informar del mismo, respectivamente, así como el diverso de cinco días hábiles otorgado en el acuerdo de requerimiento de fecha diecinueve de enero de dos mil veintiuno, a través del cual se requirió el cumplimiento de la citada definitiva, sin que hubiere informado o remitido documental alguna con la que acreditare haber acatado lo instruido por esta Máxima Autoridad mediante la misma; resultando, que el incumplimiento deriva de la omisión de realizar lo instruido a través de la definitiva señalada. Amonestación Pública Ciudadano, Rodrigo Ezequiel May Nic, Responsable de la Unidad de Transparencia, servidor público que resultó primeramente responsable del incumplimiento a la resolución dictada en el procedimiento que nos ocupa
102/2018 Ayuntamiento de Celestún, Yucatán 22 de abril de 2021 Incumplimiento total, por parte de la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento, a la definitiva dictada en el procedimiento de denuncia 102/2018, en virtud que fenecieron los términos de quince días hábiles y de un día hábil concedidos en la propia definitiva para su cumplimiento e informar del mismo, respectivamente, así como el diverso de cinco días hábiles otorgado en el acuerdo de requerimiento de fecha diecinueve de enero de dos mil veintiuno, a través del cual se requirió el cumplimiento de la citada definitiva, sin que hubiere informado o remitido documental alguna con la que acreditare haber acatado lo instruido por esta Máxima Autoridad mediante la misma; resultando, que el incumplimiento deriva de la omisión de realizar lo instruido a través de la definitiva señalada. Amonestación Pública Ciudadana, Gregoria Isabel Poot Tinal, Responsable de la Unidad de Transparencia, servidora pública que resultó primeramente responsable del incumplimiento a la resolución dictada en el procedimiento que nos ocupa
 
¿Cómo llegar al Inaip Yucatán?