¿Qué sujetos obligados deben publicar información?
En Yucatán, son sujetos obligados:
- Las dependencias, organismos públicos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria del Poder Ejecutivo.
- El Poder Legislativo y la Auditoría Superior del Estado de Yucatán.
- El Tribunal Superior de Justicia, el Consejo de la Judicatura y los tribunales que no sean administrados directamente por este, del Poder Judicial.
- Los ayuntamientos.
- Los organismos constitucionales autónomos.
- Los partidos políticos y agrupaciones políticas estatales y nacionales con registro en el estado.
- Los fideicomisos y fondos públicos.
- Las personas físicas y morales, o sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad.
- La Universidad Autónoma de Yucatán.
Referencia: Artículos 49 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán y 23 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
¿En donde se podrá consultar la información de las obligaciones de transparencia?
En la siguiente página a partir del 4 de mayo de 2017:
https://www.plataformadetransparencia.org.mx/
Referencia: Acuerdo CONAIP/SNT/ACUERDO/26/10/2016-04 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de noviembre de 2016. Artículos 66 primer párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán y 60 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.