Información Pública Obligatoria del INAIP
Los sujetos obligados, de conformidad con los lineamientos que establece la presente Ley, deberán publicar y mantener actualizada en forma permanente, sin necesidad de que medie solicitud alguna, y a disposición del público a más tardar seis meses a partir de que fue generada, señalando la fecha de la última actualización, la información pública siguiente:
(Artículo 9 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Yucatán)
I.- Las leyes, reglamentos, decretos administrativos, circulares y demás normas que les resulten aplicables.(fecha de actualización 29/Abril/2010)
II.- Su estructura orgánica (fecha de actualización 22/Febrero/2010)
III.- El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes hasta el nivel del funcionario de mayor jerarquía. (fecha de actualización 09/Enero/2010)
IV.- El tabulador de dietas, sueldos y salarios;(fecha de actualización 16/Abril/2010) el sistema de premios, estímulos y recompensas (No aplica); los gastos de representación, costo de viajes, viáticos y otro tipo de gastos realizados por los servidores públicos en ejercicio o con motivo de sus funciones (fecha de actualización 08/Julio/2010).
V.- El domicilio, número telefónico y la dirección electrónica de la Unidad de Acceso a la Información Pública donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información pública.
VI.- Los Planes de Desarrolló (No aplica), Las metas y objetivos de sus programas operativos. y la información completa y actualizada de sus indicadores de gestión y decisión . (Fecha de actualización 22/Febrero/2010)
VII.- Los servicios que ofrecen, los trámites, requisitos y formatos y, en su caso, el monto de los derechos para acceder a los mismos. (fecha de actualización 23/Marzo/09)
VIII.- El monto del presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución. En el caso del Poder Ejecutivo dicha información pública será proporcionada respecto de cada una de sus Dependencias y Entidades por la Secretaría de Hacienda del Estado, la que además informará sobre la situación financiera de dicho Poder y la deuda pública del Estado. (fecha de actualización 15/Julio/2010)
IX.- Los destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de recursos públicos, cualquiera que sea su destino, así como los informes que dichas personas deben entregar sobre el uso y destino de éstos.(fecha de actualización 11/Enero/2010)
X.- Las enajenaciones de bienes que realicen por cualquier título o acto, indicando los motivos, beneficiarios o adquirentes y los montos de las operaciones.(El INAIP no ha realizado enajenaciones de bienes)
XI.- Los montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio.(No aplica)
XII.- Los dictámenes de las auditorias que se practiquen a los sujetos obligados. (fecha actualización 20/Abril/2010)
No se han recibido los dictámenes finales del resultado de las auditorias de enero a junio de 2006 y 2008 por parte del congreso del estado.
XIII.- Las reglas para otorgar concesiones, licencias, permisos o autorizaciones.(No aplica)
XIV.- El padrón inmobiliario.(El INAIP no cuenta con padrón inmobiliario a Abril de 2010)
XV.- Los contratos de obra pública, su monto y a quián le fueron asignados.(No aplica)
XVI.- Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados. (fecha de actualización 13/Enero/2010)
XVII.- Los documentos en que consten las cuentas públicas, empréstitos y deudas contraídas.(fecha de actualización 15/Julio/2010)
XVIII.- Las iniciativas de Ley que se presenten en el Congreso del Estado, sus avances en los trabajos para su dictamen, así como los acuerdos y decretos legislativos aprobados.(No aplica)
XIX.- La aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos.(No Aplica)
XX.- La relación de solicitudes de acceso a la información pública y las respuestas que se les den
XXI.- La resolución ejecutoria de los procedimientos de responsabilidad de los Servidores Públicos.(No se ha generado información que corresponda a esta fracción)